Es bueno considerar que, en muchos casos, el aguinaldo se encuentra contemplado en el contrato de trabajo, o existe un convenio colectivo donde queda incorporado como cláusula. Asimismo, en los casos de trabajadores que han recibido este beneficio en forma continua, se transforma en un derecho adquirido.
Por último, las motivaciones e intereses de los trabajadores han cambiado. El denominado «sueldo emocional», donde se considera el bienestar de los trabajadores flexibilizando horarios, otorgando días administrativos, días libres en cumpleaños de la familia o actividades de los hijos, entre otras medidas, hoy son tan relevantes como el aspecto económico.
Parece ser un mejor camino profundizar en el diálogo entre empresa y trabajadores, y avanzar en un «salario emocional», donde, en caso de no poder pagar un aguinaldo, dar un día más de vacaciones antes o después de las fiestas, entre otras múltiples opciones que mejoran la calidad de vida de los trabajadores, y no poner aún más en riesgo la delicada situación económica de miles de pequeñas y medianas empresas, que son el principal motor de desarrollo de nuestro país.
José Tomás Méndez P., socio Méndez y Amthauer Abogados